La indemnización exenta de tributación de IRPF exige que el trabajador demande a la empresa

Para conseguir una indemnización exenta de tributación a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), el trabajador que se enfrente a un despido que se considere improcedente deberá demandar a la empresa ante el órgano de conciliación. En caso de no hacerlo, la indemnización no estaría exenta y, por lo tanto, habría que practicar la retención correspondiente, aplicando la última modificación establecida en la Ley 3/2012, de 6 de julio.Esta variación tiene su origen, según lo explica José Javier Montero, director de QualityConta, en la reforma del mercado laboral aprobada el pasado mes de febrero. En dicha regulación, se suprimía el denominado “despido exprés”, una fórmula a la que recurría la mayor parte de los empresarios para evitar acudir a juicio y abonar, en el caso de que se reconociera la improcedencia, los salarios de tramitación. Ello obliga a que cuando se produzca un despido improcedente, el trabajador tenga que demandar a la empresa ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC). Si ambas partes alcanzan un acuerdo, el empleado recibirá la indemnización exenta de tributación, cuya cuantía se elevará a 33 días por año trabajado a partir de la entrada en vigor de la reforma laboral. De no existir acuerdo, tendrá que demandar a la compañía ante el Juzgado de lo Social, un episodio que podría repetirse de forma frecuente ya que esta fórmula permite a las empresas retrasar el pago de la indemnización.

En la práctica esto supone que el trabajador no cobrará la indemnización hasta que no hayan transcurrido los mas de seis meses aproximadamente que se corresponde con el periodo medio que, en la actualidad, se produce entre la fecha de despido y la sentencia del Juzgado de lo Social.

Acerca de Maite Sáenz Blanco

ORH Grupo Editorial de Conocimiento y Gestión es mi proyecto profesional y vital, en el que reflejo mi forma de entender las relaciones empresa-empleado. Colaboro en numerosas iniciativas relacionadas con la Función RH tales como Top Employers España y Merco, y participo como jurado de distintos premios (Fun¬dipe, Empresa Flexible, Blogosfera RH, etc.). Mi trayectoria como periodista siempre se ha desarrollado en el entorno de la información especializada en gestión y, más concretamente, en la dirección de personas en las organizaciones. La mía es una carrera de fondo en la que la meta no es lo importante sino el camino recorrido.

Publicado el septiembre 6, 2012 en LABORAL, Tributación y etiquetado en . Guarda el enlace permanente. Deja un comentario.

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